Artículo 1. Castilla y León es una comunidad histórica y cultural que tiene su origen en los
antiguos Reinos de León y de Castilla, ha contribuido de modo decisivo a la formación de España
como Nación, ejerce su derecho al auto gobierno y se constituye en Comunidad Autónoma en el
marco de la Constitución y del presente Estatuto de Autonomía.
Artículo 4. Valores esenciales: La lengua castellana y el patrimonio histórico, artístico y natural son valores esenciales para la identidad de la Comunidad de Castilla y León y serán objeto de especial protección y apoyo, para lo que se fomentará la creación de entidades que atiendan a dicho fin.
Artículo 5. La lengua castellana y el resto del patrimonio lingüístico de la Comunidad.
Artículo 6. Símbolos de la Comunidad y fiesta oficial. (todo ellos precedentes a una cultura).
Artículo 13/10. Derechos a la cultura y el patrimonio. Todos los castellanos y leoneses tienen
derecho, en condiciones de igualdad, a acceder a la cultura y al desarrollo de sus capacidades
creativas individuales y colectivas.
Artículo 16/17. La protección y difusión de la riqueza cultural y patrimonial de la Comunidad, favoreciendo la creación artística en todas sus manifestaciones y garantizando la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos en el acceso a la cultura. Los poderes públicos de Castilla y León desarrollarán actuaciones tendentes al retorno a la Comunidad de los bienes integrantes de su patrimonio cultural que se encuentren fuera de su territorio.
Artículo 16/18. El fomento de la presencia cultural, económica y social de Castilla y León en el exterior.
Laura G.
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